El certificado energético, es un documento en el cual se recogen los parámetros constructivos y energéticos de una vivienda o local. Según sean dichos datos, se otorgará una calificación.
Estos parámetros son los siguientes:
Parámetros Constructivos: Se estudiará todos los elementos constructivos que estén relacionados con la envolvente del inmueble:
- Fachadas
- Medianerías
- Suelo
- Cubierta
- Ventanas
Parámetros energéticos: Se estudiará todos los elementos que generan energía:
- Calderas de agua caliente sanitaria (gas natural, termo eléctrico, butano…)
- Calefacción-Refrigeración ( centralizada, splits, radiadores, etc)
Este documento, tan sólo puede ser redactado por un técnico competente.
Son denominados técnicos competentes, los titulados en Ingeniería Industrial técnica, o superior, y Arquitectura técnica o superior.
Las calificaciones que se otorgan van por letras desde la A hasta la G, siendo la A, la calificación más óptima, y la G la menos óptima.
¿Qué contiene el certificado de eficiencia energética?
El certificado contendrá como mínimo:
- Identificación del edificio o parte que se certifica:
-
-
- Dirección.
- Provincia.
- Zona climática.
- Normativa de construcción.
- Referencia catastral.
-
- Datos del técnico competente (nombre, titulación, etc.).
- Descripción de las características energéticas del edificio:
- Superficie, imagen, situación.
- Envolvente térmica (fachadas medianerías, ventanas…).
- Instalaciones térmicas (calefacción, refrigeración, ACS.
- Iluminación (SOLO LOCALES).
- Calificación energética del edificio:
- Calificación global.
- Calificaciones parciales.
- Recomendaciones de mejora
- Descripción de las recomendaciones
- Pruebas, comprobaciones e inspecciones realizadas.
¿Por qué lo necesito?
El certificado es necesario, porque existe una Directiva europea, en concreto, la Directiva 2010/31/UE, que aprueba un procedimiento básico para la certificación de edificios existentes. Es por ello que en España se publica el Real Decreto 235/2013 , de 5 de abril, para hacer cumplir dicha Directiva. Este Real Decreto, permitía la certificación voluntaria hasta el 31 de Mayo del 2013, siendo de OBLIGADO cumplimiento a partir de entonces.